Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8173
Ley 8173/1974 - (DEROGADA POR DECRETO-LEY 9351/79 Y REIMPLANTADA SU VIGENCIA POR LEY 10145) INSTITUYENDO EL DIA DEL TRABAJADOR DE LA LEGISLATURA.
Reformas y relaciones normativas
8- Decreto-ley 8614/1976 - (DEROGADA POR DECRETO-LEY 9351/79) DÍA DEL TRABAJADOR LEGISLATIVO: SUPRESIÓN DEL CARÁCTER DE JORNADA NO LABORABLE ESTABLECIDA POR LA LEY 8173 (VER LEY 10145).
- Ley 10145/1984 - REIMPLANTANDO EL DIA DEL TRABAJADOR DE LA LEGISLATURA.DEROGA LOS DEC-LEYES 8614 Y 9351 EN SU PARTE PERTINENTE.
- Ley 10515/1987 - MODIFICA EL ART. 1 DE LA LEY 8173 (REF: DIA DEL TRABAJADOR DE LA LEGISLATURA - CUARTO LUNES DEL MES DE MAYO DE CADA AñO)
- Decreto-ley 9351/1979 - DEROGA LEYES 7990-8074-8080-8095-8107-8112-8139-8173-8178-8205-8257-8264-8287-8333-8337-8472-8473-8507-8572-8595 Y 8614. (VER LEY 10145)
- Ley 10515/1987 - MODIFICA EL ART. 1 DE LA LEY 8173 (REF: DIA DEL TRABAJADOR DE LA LEGISLATURA - CUARTO LUNES DEL MES DE MAYO DE CADA AñO)
Ley 8173 Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 10515 NOTA: Ver Ley 10145 reimplanta su vigencia. Ver Leyes 8614 que suprimió expresión del art. 1º y 9351 que derogó la presente. LEY 8173 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.-
(Texto según Ley 10515)
Institúyese como Día del Trabajador de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, el cuarto lunes del mes de mayo de cada año, revistiendo dicha fecha el carácter de jornada no laborable para el personal de ambas cámaras. En caso de que el día estipulado coincidiera con el 25 de Mayo, se trasladará al martes de la misma semana. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.