Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8086
Ley 8086/1973 - (DEROGADA POR LEY 11653) MODIFICACIONES DE LA LEY 7718 (LEY DE PROCEDIMIENTO DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO).
Reformas y relaciones normativas
2- Ley 7718/1971 - (DEROGADA POR LEY 11653) LEY DE PROCEDIMIENTO DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.DEROGA LAS LEYES 5178 Y 7184 Y EL DEC-LEY 7600/70 SALVO ART.65.
- Ley 7718/1971 - (DEROGADA POR LEY 11653) LEY DE PROCEDIMIENTO DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.DEROGA LAS LEYES 5178 Y 7184 Y EL DEC-LEY 7600/70 SALVO ART.65.
Ley 8086 DEROGADA POR LEY 11653 LEY 8086 Modificaciones de la Ley 7718 (Ley de Procedimiento de los Tribunales del Trabajo). EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- El Poder Ejecutivo proveerá a los Tribunales del Trabajo ejemplares autenticados de los textos de los convenios colectivos de trabajo que fueran aplicables en el ámbito de la Provincia. Dicha provisión deberá efectuarse dentro de los quince días de la entrada en vigencia de cada convenio. ARTÍCULO 2.- Agrégase como último párrafo del artículo 33 de la llamada Ley 7718, Ley de Procedimientos de los Tribunales del Trabajo, el siguiente: "Los convenios colectivos vigentes se aplicarán de oficio sin que sea necesario diligenciar, prueba alguna para acreditar su vigencia. A tal efecto obrará el de cada Tribunal ejemplares de los mismos. ARTÍCULO 3.- La presente Ley se aplicará a partir de los noventa días de su publicación en el “Boletín Oficial”. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.