Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8152
Ley 8152/1973 - SUSTITUYENDO EL ARTICULO 85 DE LA LEY 7934, PERSONAL POLICIAL DE LA PROVINCIA. (LEY 7934 ESTA DEROGADA POR LEY 8269; A SU VEZ LEY 8269 FUE DEROGADA POR LEY 9550)
Derogada verificadaPublicación B.O.: 14/01/1974
Reformas y relaciones normativas
3- Decreto-ley 7934/1972 - (DEROGADA POR LEY 8269) DEL PERSONAL POLICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
- Ley 8217/1974 - PRORRóGASE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974, EL TéRMINO ESTABLECIDO POR LA LEY 8152, PARA EL CESE DEL ESTADO Y AUTORIDAD POLICIAL DE “POLICíA PARTICULAR”.
- Decreto-ley 7934/1972 - (DEROGADA POR LEY 8269) DEL PERSONAL POLICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 8152 LEY 8152 NOTA: Ver Ley 8217, prorroga el plazo de la presente. Sustituyendo el artículo 85 de la Ley 7934 (Personal Policial de la Provincia). EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 85 de la Ley 7934 -Personal Policial de la Provincia- por el Siguiente: “Artículo 85.- A partir del 31 de Agosto de 1974, se derogan las disposiciones que atribuyen estado y autoridad policial al personal de "Policía Particular" que quedará excluido del régimen legal para el personal de la Policía de la Provincia, en todos sus aspectos. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.