Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6005

Ley 6005/1959 - PRORROGANDO HASTA EL 30/06/59 EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 1º DE LA LEY Nº 5889. (ESTATUTO DEL EMPLEADO PUBLICO)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/01/1959
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Ley 6005 LEY 6005 Prorrogando hasta el 30/6/959 el plazo establecido en el artículo 1º de la Ley número 5889. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Amplíase hasta el 30 de Junio de 1959, el plazo esta­blecido en el artículo 1º de la Ley número 5889. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.