Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 3737

Decreto-ley 3737/1958 - (DECRETO-LEY 3737/958)DEROGANDO EL DECRETO-LEY 18625/957 SOBRE REPRESION DEL AGIO Y LA ESPECULACION.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/04/1958
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DECRETO-LEY N? 3.737 Derogando el decreto-ley 18.625/957 sobre represión del agio y la especulacion o La Plata, 26 de marzo de 1958. Visto la presentación efectuada por expediente 2.300-7.922, del año 1958 y lo aconsejado por el Ministerio de Hacienda, Economía y previsión y la Jefatura de Policía, y — Considerando: Que las atribuciones otorgadas por Decreto-Ley número 18.625, del 16 de octubre de 1957, lo fueron con carácter transitorio y con el solo objeto de coadyuvar a la agilización: de las funciones asigna- . das por imperio de la Ley Provincial número 5.680, a la Dirección de Inspecciones de la Producción, Industria, Comercio y Transportes dependiente del Departamento de Hacienda, Economía y Previsión; Que desaparecidos los motivos de aplicación de aquel régimen Ce emergencia debe restituirse al organismo específico el exclusivo ejercicio de las facultades emergentes del sistema legal de represión del agio y la especulación. Por ello, el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires, «en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Derógase el Decreto-Ley número 18.625, de fecha 16 de octubre de 1957, a partir de la fecha de publicación del presente De- creto-Ley. Art. 29 Las actuaciones instruidas por aplicación del referido Decreto-Ley, pendientes de resolución, pasarán a tales efectos a la Dirección de Inspecciones de la Producción, Industria, Comercio y Transportes. . Art. 3° El presente Decreto-Ley será refrendado en Acuerdo Ge- neral de Ministros. Art. 4% Oportunamente dése cuenta a la Honorabie Legislatura. Art. 5% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. BONNECARRERE. JUAN R, AGUIRRE LANARI, E. CORTÉS, JAIME E. Ruiz, RODOLFO A. EYHERABIDE, A E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR.