Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7709
Ley 7709/1971 - RECTIFICANDO ART. 23 DEL DECRETO-LEY 22289/56, ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE LA PROVINCIA.
Reformas y relaciones normativas
2EM f - O Sa Ler VA E E / | Y i wn fly 4 \ LEY N? 7.709 Rectificando el artículo 23 del decreto-ley 22.239/956 . La Plata, 2 de junio de 1971. Visto la autorización del gobierno n-cional, concedida por . decreto 1.182/671, en ejercicio de las facultades legislativas que le confisre el aztículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina, el Governsdor de la provincia de Buenos A'res, sanciona y promulga con fuerza de — - . LEY: Art. 19 Sustitúyese el epartado 1, inciso a) títvlo I del ar’fien- “lo 23 del decreto - ley_22.289:956 (ley 5.857) modificado por el de- - creto - ley 6.628/962) (ley 6.736) por el siguiente: pm eae . “1. Tener 16 años de edad como minime y 25 como máximo”. Art, 29 El Poder Ejecutivo, en un plazo de noventa días, pro- L “cederá a ordenar el decreto - ley 22.289/956 (ley 5.837) Estatuto del | en eet Personal de la Policia y sus modificatorias, con la inclusión de la * norma prescripta por la presente. ley. Art. 32 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. . : RIVARA. J DE San Martín, R. Lim, E . C. A. BENAVIDES, J. H. R. QUESTA, ‘ A. G. Tasniarúg, O. E. BLASCO. ~ Registrada bajo el número siete mil setecientos nueve (7.709). . : : J. DE San MARTÍN.