Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8875

Decreto-ley 8875/1977 - RATIFICANDO LA VIGENCIA DE LA LEY 8596, PRORROGADA POR LEY 8692, DE DISPONIBILIDAD EN LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/09/1977
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Decreto-ley 8875/1977 DECRETO-LEY 8875/77 LA PLATA, 19 de SETIEMBRE de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 2122-2894/77 y la au­torización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 1, apartado 4.3. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades ­legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Ratificase la vigencia de la Ley 8596, prorrogada por la Ley 8692. ARTÍCULO 2.- Convalídanse los ceses de los ex-agentes regidos por la Ley 8721, dispuestos por aplicación de la Ley 8596 a partir del 1 de abril de 1977. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.