Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7964

Ley 7964/1972 - (DEROGADO POR LEY 8977) AMPLIA ART. 2 DE LA LEY 7911 SOBRE REGIMEN PARA EL TEATRO ARGENTINO.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 17/01/1973
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Ley 7964 DEROGADA POR LEY 8977 DECRETO-LEY 7964/72 LA PLATA, 21 de NOVIEMBRE de 1972. VISTO las disposiciones de la Ley nº 7911 y teniendo en cuenta las modalidades y exigencias particulares que se relacionan con el desempeño, a nivel técnico-artístico, de las funciones que competen al Director General del Teatro Argentino de la Ciudad de La Plata, dependiente del Ministerio de Educación y de conformidad con la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto nº 717/71 en su artículo 1º 1.1 y 2.3, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Amplíase el artículo 2º de la Ley 7911 dejándose establecido que las designaciones del Director General y del Director Artístico del Teatro Argentino de la ciudad de La Plata, quedan excluídas del régimen contenido en la Ley 7575. ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para cubrir las funciones referidas en el artículo anterior mediante la correspondiente contratación en los términos y con las exigencias previstas en el artículo 2º del Decreto 3475/72. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.