Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 4038

Decreto-ley 4038/1956 - (DECRETO-LEY 4038/956)DEROGA LEY 5337,QUE CREA LA DIRECCION DE DEFENSA NACIONAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/04/1956
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— 175 — DECRETO-LEY N? 4,038 La Plata, 22 de marzo de 1958. Visto el decreto nacional 2.248 de fecha 6 de febrero de 1958,. por el que en su artículo 22 establece que los. señores interventores nacionales de las provincias, tomarán medidas necesarias para di-- solver las direcciones de Defensa nacional u organismos similares gue existan en su jurisdicción, así como que la documentación re- servada y secreta de las dirécciones de Defensa Nacionai y orga- nismes disueltos será remitida a la Dirección General de Planifi- cación de Recursos de Guerra y Defensa Civil, y — Considerando: Que la Dirección de Defensa Nacionzl en la provincia de Bue- nos Aires, dependiente del Ministerio de Gobierno, es un organismo creado por ley 5.337 del 27 de octubre de 1243 con el fin de pre- ver y ejecutar todo lo relativo a la contribución de la Provincia al plan de seguridad general y por ende encuadrado dentro de los que el artículo 2° del decreto. macional 2.248 indica disolver, el Inter- ventor Federal de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo. — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 1° Derógase la ley 5.337 de fecha 27 de octubre de 1948,. que crea la Dirección de Defensa Nacional en la provincia de Bue- nos Aires, Art. 22 Danse por terminadas las funciones del Director de De- fensa Nacional, Teniente Coronel (R.) don Faustino Horacio Veláz- quez. Art. 32 El patrimonio de la Dirección de Defensa Nacional, pre- vio inventario, quedará en custodia en el Ministerio de Gobierno hasta tanto se proceda a su distribución definitiva. Art. 49 El personal de la dirección disuélta, juntamente con sus respectivos cargos, serán transferidos a las siguientes reparticiones del Ministerio de Gobierno, Anexo III, Capítulo 19, Grupo 1°, In- ciso 1°, Partida Principal 2, Parcial 1, año 1959. Item 1: (Gabinete), 1. Personal Administrativo y Técnico Pro- fesional. Oficial 5%, Clase 15, Luis Fructuoso Batolla (M. I. número 241.273, Clase 1910, D. M. 2); Dirección General de Administración) ,. Auxiliar 6%, Clase 25, Luis Jorge Sbatella (M. J. número 5.124.793, Clase 1929, D. M. 19); 8. Personal de Servicio: Ayudante 3%. Clase 31, Roberto Leandro Avalos (C. I. número 1.610,165, Clase 1940). Item 5: Dirección General del Registro Provincial de las Perso- nas, 1. Personal Administrativo y Técnico Profesional: Auxiliar 3°, Clase 22, Luis Jorge Chamorro (M. I. número 5.116.554, Clase 1927, D. M. -19). Item 15: Dirección General de Suministros, 1. Personal Admi- nistrativo y Técnico Profesional: Auxiliar 8°, Clase 27, Gabriel En- rique Santillan (M, I. número 1.146.937, Clase 1922, D. M. 19). — M6 Item 17: Boletín Oficial, 1. Personal Administrativo y Técnico Profesional: Auxiliar 9°, Clase 28, Estela del Valle Herrera de Civit (L. C. número 1.011.855, Clase 1917). Item 18: Cámara dé Alquileres, 1. Personal Administrativo y ‘Técnico Profesional: Auxiliar 9%, Clase 28, Ricardo Andrés Santiago £M. I. número 5.207.410, Clase 1935, D. M. 20). Art, 5° Oportunamente, el Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión, arbitrará las medidas de carácter contable y presupués- tarias para la incorporación definitiva de dichos cargos y personal, a las reparticiones mencionadas. Art. 6% La Dirección General del Ministerio de Gobierno, pro- cederá a dar cumplimiento, a la brevedad posible, al artículo 29 del decreto 2.248/956, última parte. : Art. 7 El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. Art. 8° Comuniquese, publiquese, dése al Registro y “Boletin Oficial” y archivese. BONNECARRERE, M. A. ARANDA, E. CORTÉS, E. G. AGUILERA, RODOLFO A, EYHERABIDE, JUAN Canter, I. C. ZUBERBUHLER.