Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8269

Decreto-ley 8269/1963 - (DEC-LEY 8269/63) PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EN EL EJERCICIO 1963. (MODIFICADA POR DEC-LEY 11644/63 Y LEY 6733) (VER DEC-LEY 12601/63)(VER 6737 Y 6743)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/08/1963
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DECRETO LEY 8.269 Presupuesto General de la Provincia en el Ejercicio 1963 Departamento de Economía y Hacienda. La Plata, 31 de julio de 1963. Visto el expediente número 2.305 —5.063/963, del Ministerio de Economía y Hacienda, relacionado con el proyecto de reajuste del Presupuesto General de la Provincia para el Ejercicio 1983, y Considerando: Que tal iniciativa mereció la aprobación en el orden nacional. concretada por Decreto número 5.634/63; Que no obstante ello el artículo 22 del citado Decreto naciona! | número 5.634/63, establece un requisito previo a la realización de inversiones de capital, relacionado con el “Uso del Crédito”. Por ello, el Comisionado Federal en la provincia de Buenos i Aires, en ejercicio del Poder Legislativo i . DECRETA CON FUERZA DE LEY ] Art. 19 Apruébase como Ley de Presupuesto General de la Pro- vincia a regir en el Ejercicio 1963, el texto obrante de foja 1 a foja 618 del presente expediente, que formará parte integrante de este i decreto - ley. (*) Art. 29 La realización de inversiones a que diere lugar la incor- poración al Cálculo de Recursos del rubro denominado “Producido de la negociación (venta o caución) de títulos de la deuda pública” contenida en la segunda parte, Presupuesto de Capital, Recurso de la Administración Central, de Rentas Generales, uso del crédito, cuyo valor ha sido estimado en $ 2.000.000.000 moneda nacional, quedará condicionada a la previa autorización por la Honorable Co- misión de Valores del Banco Central de la República Argentina, pa - ra la cotización en Bolsa de los títulos y efectivo ingreso del produ- cido. Art. 32 Comuníquese oportunamente a la Honorable Legislatura. Art, 4° El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. Art. 5° Comuníquese y publíquese. IMAZ. Horacio C. RIVARA, JORGE LASCANO, ANÍBAL J. SEÑORANS, CARLOS A. FLORIA, CaArzos A. L. BOourEz, José R. BRUSA. (*) Ver publicación oficial editada por el Ministerio de Economia y Hacienda. Decreto Nacional 5.634/63. l “Boletín Oficial” 6/8/63. E | ARTICULO 20 DEROGADO POR DECRETO=LEY 11. 644/63 | VER DECREPO-=LEY 1260/63 —1— i . A | 385