Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 6770

Decreto-ley 6770/1958 - (DECRETO-LEY 6770/958)MODIFICANDO EL PLAN DE OBRAS PUBLICAS 1958.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 09/05/1958
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

1 ra DECRETO-LEY N° 6.770 Modificando el Plan de Obras Públicas 1958 : La Plata, 29 de abril de 1958. Visto el expediente 2.700-27.633/58, por el que el Ministerio de Asuntos Agrarios, gestiona la modificación del Plan de Obras Públicas 1 Año 1958 (decreto-ley 1.841/58), al proponer la supresión de Unidades de Obras y la incorporación de otras, que posibilitarán el concreta- 5 miento de aquellas, al crearse los medios favorables para su realiza- ción. Por ello, atento a lo informado por la Dirección de Información Técnica y Contaduría de la Provincia, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo. DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Modifícase el Plan de Obras Públicas Año 1958 (decreto- ley 1.841/58), con la creación de las siguientes Unidades de Obra: Administración Central, Anexo VIII, Item 6, instalación y habilita- ción del Vivero Forestal “José Hernández” en Henderson (Pehuajó): Unidad de Obra 94: Personal jornalizado y men- SUQlizadO 20. eee cee rr $ 40.000 Unidad de Obra 95: Adquisición y gastos de ins- talación . 0... eee eee eee eee eee 901,000 Total ............ $ 130.000 Art. 22 A los efectos de posibilitar la creación dispuesta por el artículo anterior, suprimense en el Plan de Obras Públicas Año 1958 (decreto-ley 1.841/58), las siguientes Unidades de Obra: Administra- ción Central, Anexo VIII, Item 6, fijación y forestación del médano “El Moro” en Henderson (Pehuajó): Unidad de Obra 87: Personal jornalizado y men- SUalizadO eee rre $ 90.000 Unidad de Obra 88: Adquisiciones .............. ” 20.000 Unidad de Obra 89: Mantenimiento y conservación ,, 20.000 Total ............ $ 130.000 Art. 39 El presente decreto-ley será refrendado por todos los señores ministros secretarios de Estado en Acuerdo General. Art. 42 Dése a conocer oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 5% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, pase al Ministerio de Asuntos Agrarios, a sus efectos, y a la Contaduría de la Provincia, para su intervención. BONNECARRERE. A. R. REYNAL O'CONNOR, JUAN R.. AGUIRRE LANARI, . 7 E. Cortés, JAIME E. RUIZ. RODOLFO A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGEZ. — a