Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5667
Ley 5667/1951 - CONSTRUCCION DE UN EDIFICIO PARA LA SEDE SOCIAL DE LA ASOCIACION BANCARIA DE BAHIA BLANCA. MODIFICACION DE LA LEY 5063.
Reformas y relaciones normativas
3- Ley 5063/1946 - DESTINANDO PARTE DE LAS UTILIDADES DEL BANCO DE LA PROVINCIA QUE CORRENPONDAN AL ESTADO A LA ASOCIACION BANCARIA.
- Ley 5851/1955 - SUSTITUCIóN DEL ARTíCULO 4º DE LAS LEYES 5063 Y 5667, RELATIVO AL EDIFICIO DE LA ASOCIACIóN BANCARIA DE BAHíA BLANCA.
- Ley 5851/1955 - SUSTITUCIóN DEL ARTíCULO 4º DE LAS LEYES 5063 Y 5667, RELATIVO AL EDIFICIO DE LA ASOCIACIóN BANCARIA DE BAHíA BLANCA.
Ley 5667 LEY 5667 Construcción de un edificio para la sede social de la Asociación Bancaria de Bahía Blanca. Modificación de la Ley 5063. NOTA: Ver Ley 5851. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustitúyense los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 5063 por los siguientes: “Artículo 4º.- El importe íntegro del préstamo referido se aplicará específicamente y como condición de esta Ley a la construcción de un edificio para la sede social de la Asociación Bancaria, en la ciudad de Bahía Blanca”. “Artículo 5.- El terreno necesario para emplazar el edifico podrá ser adquirido por compra directa o solicitarse al Poder Ejecutivo su expropiación. Para este último caso se lo declara de utilidad pública y el Poder Ejecutivo convendrá con la Asociación Bancaria las modalidades de la operación y procederá a expropiar utilizando los recursos del artículo 2º”. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.