Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5851

Ley 5851/1955 - SUSTITUCIóN DEL ARTíCULO 4º DE LAS LEYES 5063 Y 5667, RELATIVO AL EDIFICIO DE LA ASOCIACIóN BANCARIA DE BAHíA BLANCA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/10/1955
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5851 LEY 5851 Sustitución del artículo 4º de las Leyes 5063 y 5667, relativo al Edificio de la Asociación Bancaria de Bahía Blanca. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 4º de la Ley 5063, modificado por el artículo 1º de la Ley 5667, por el siguiente: “Artículo 4.- El importe íntegro del préstamo referido se aplicará específicamente y como condición de esta Ley a la construcción y/o compra de un edificio para la sede social de la Asociación Bancaria en la ciudad de Bahía Blanca”. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.