Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6027

Ley 6027/1959 - MODIFICANDO DEC-LEYES 469/56, 23639/56 Y LEY 5545 CON MOTIVO DE LA CREACIÓN DEL MINISTERIO DE ACCIÓN SOCIAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/04/1959
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Ley 6027 LEY 6027 Modificando leyes con motivo de la creación del Ministerio de Acción Social EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modifícanse los artículos 1°, 3° y 5° del Decreto-Ley número 469/56 de creación del Instituto de la Vivienda, en los que se reemplazará el texto “Obras Públicas” por el de “Acción Social”. ARTICULO 2.- Modifícanse los artículos 2° del Decreto-Ley n° 23.639/56 de creación de la Dirección Provincial de Hipódromos, 8° del Capítulo I y 23 del

Capítulo V, de la Carta Orgánica establecida por el Decreto-Ley 13.131/57, que

establece su autarquía, en cuyos respectivos textos se sustituyen los términos “Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión” por el de “Ministerio de Acción Social”. ARTICULO 3.- Modifícanse los artículos 6°, inciso d) y 10 de la Ley número 5.545, de creación del Instituto de Seguridad Social, en cuyos respectivos textos se reemplazarán los términos “Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión” por el de “Ministerio de Acción Social”. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.