Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5172

Ley 5172/1947 - (DEROGADA POR LEY 5806) APRUEBA EL DEC. 23118/47, REGLAMENTARIO DE LA LEY 5070 PARA PAGO REAJUSTE DE PRECIOS DE LOS CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS SOMETIDOS AL REGIMEN DE LA MISMA.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 24/11/1947
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Ley 5172 DEROGADA POR LEY 5806 LEY 5172 NOTA: Ley 5427 prorroga su vigencia. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Apruébase el Decreto número 23118/947 reglamentario de la Ley N° 5070, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 del mismo y autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de trece millones de pesos moneda nacional ($ 13.000.000 m/n ) para hacer efectivo el pago de los reajustes de los contratos de Obras Públicas, a las empresas sometidas, al régimen de la Ley N° 5070 y su decreto reglamentario. ARTÍCULO 2.- Queda autorizado el Poder Ejecutivo a negociar títulos de deuda interna consolidada de la provincia en la cantidad necesaria para realizar la suma que habrá de invertirse en cumplimiento del artículo 1° de la presente ley. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.