Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7589
Ley 7589/1970 - CODIGO FISCAL Y LEY IMPOSITIVA. MODIFICACIONES.
Reformas y relaciones normativas
6- Ley 7475/1969 - MODIFICACIONES AL CODIGO FISCAL Y A LA LEY IMPOSITIVA PARA 1969.
- Ley 7679/1971 - MODIFICACION DEL CODIGO FISCAL Y LEY IMPOSITIVA.
- Ley 5246/1948 - (DEROGADA) CODIGO FISCAL. IMPUESTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES. (VER 10397)
- Ley 7475/1969 - MODIFICACIONES AL CODIGO FISCAL Y A LA LEY IMPOSITIVA PARA 1969.
- Ley 7679/1971 - MODIFICACION DEL CODIGO FISCAL Y LEY IMPOSITIVA.
[Pagina 1] i LEY 7589 , [ Código Fiscal y ley impositiva — Modificación \ Sanción y promulgación: 10 febrero 1970. i Publicación: B. O. 4/111/70. i | Art, 1% — Modifícase el texto vigente del { Cédigo Fiscal [XXIX-C, 3215] en la siguiente i forma: : LIBRO I — Parte General Art, 31. — Reemplázase el texto de este ar- ] tículo por el siguiente: Sin perjuicio de las : 24 — BA j i | . { [Pagina 2] sanciones que pudieran corresponder por apli- cación de lo dispuesto en los arts. 32, 33 y 34, la falta de pago total o parcial a su venci- miento, de los impuestos, tasas, contribuciones y sus adicionales, anticipos e ingresos a cuen- ta, hace surgir sin necesidad de interpelación alguna, la obligación de abonar, conjuntamen- te con aquellos, y en concepto de recargo el porcentaje mensual que en cada caso se esta- blece de acuerdo a la siguiente escala: Hasta 6 meses de retardo ............. 2 % Más de 6 meses de retardo y hasta 1 año 2,1 ,, Más de 1 año y hasta 2 años .......... 2,2 » Más de 2 años y hasta 3 años .......... 24 , Más de 3 años y hasta 4 años ........ 26 , Más de 4 años y hasta 5 añoS .......... 28, Más de 5 afios ..............-.000..02.. 300 El recargo establecido en la escala preceden- te se calculará sobre el monto no pagado, des- de la fecha de vencimiento y hasta aquella en que se pague, computándose como enteras las fracciones de 15 o más días y prescindiéndose de las menores, Cuando se trate de ingresos efectuados en iguales condiciones por agentes de retención o recaudación, los recargos expresados se incre- mentarán en un 50%. La obligación de pagar los recargos subsiste no obstante la falta de reserva por parte de la Dirección al recibir el pago de la deuda prin- cipal. Art, .. — Incorpórase como artículo nuevo, en el tit. VIII del libro I del Código Fiscal, el siguiente texto: Las multas de los arts, 32, 33 y 34 sólo serán de aplicación cuando existiere intimación, actuaciones o expediente en trá- mite, vinculados a la situación fiscal de con- tribuyentes o responsables o cuando se hubiere iniciado inspección. Art. 68. — Reemplázase el texto de este ar- tículo por el siguiente: Prescriben las facultades y poderes de la Dirección, de determinar las obligaciones fisca- les o verficiar y rectificar las declaraciones juradas de contribuyentes y responsables y aplicar multas, por los siguientes términos: a) Por el transcurso de 5 años en el casu de contribuyentes o responsables inscriptos y que hayan cumplido con sus obligaciones fis- cales, b) Por el transcurso de 5 años en los ca- sos de contribuyentes o responsables no ins- criptos y que tengan la obligación legal de ha- cerlo, y que regularicen espontáneamente su situación. e) Por el transcurso de 10 años en el ca- so de contribuyentes o responsables no ins- [Pagina 3] eriptos o inscriptos que no hubieren cumplido 9. Las ejercidas por bolsas de comercio, con sus obligaciones fiscales. autorizadas a cotizar títulos, valores y merca- Prescribe por el transcurso de 10 años la dos de valores; agentes de bolsas, : acción para el cobro judicial de los impuestos, . | tasas y contribuciones y sus accesorios y mul- Impuesto a la transmisión gratuita tas por infracciones fiscales. de bienes _Prescribe por el transcurso de 5 años la Art, 122, Inc. c): Sustitúyese el texto de este acción de repetición de impuestos, tasas Y CON- inciso por el siguiente: , tribuciones, y accesorios a que se refiere el . . art. 64. Los bienes enajenados a título oneroso dentro de los seis meses precedentes al falle- LIBRO Il — Parte especial cimiento del causante, en tanto no se acredite plenamente la entrega del precio respectivo y Impuesto inmobilinsio el destino dado a los fondos. : . 4 Inciso nuevo: Las extracciones efectuadas ese tines Imc E: Reemplárase el testo de y toga suma de dinero percibida dentro de los =“ so por el siguiente: treinta dias anteriores al fallecimiento, mien- Los edificios, sus obras accesorias, instala- tras no se pruebe el destino dado a los fondos, ciones y demás mejoras exceptuando la vivien- A 4 ; “ . i: . . rt. 133, — Reemplázase la expresión “en da de tipo suntuario, de los inmuebles de las cuotas" por “mediante boleto”. plantas rural y subrural según la clasificación . o de la ley de catastro 5738 [XIII-B, 1300] No Art 146. — Reemplazase la expresión” “Cons- gozarán de esta exención los edificios destina- titución” por “de dicha transmisión”. e dos a industrias y/o comercios, salvo lo dis- . puesto en leyes especiales. Impuesto a los automotores ' * Inc, k) Suprimese el 2° párrafo de este 6 . inciso. P € PB o de e Art, 169. — Suprímese en el inc. d) de este . artículo, la expresión “sociedades coopera- Impuesto a las actividades lucrativas tivas”. to . Inc. e): Suprimense en este inciso, las expre- _ Art. 106 — Reemplazase el texto de este ar- siones “y, en general los que sean de propiedad tículo por el siguiente: de entidades que estén exentas de todo im- Están exentos del pago del impuesto esta- Puesto en virtud de leyes provinciales”. blecido en el presente título, además de las ace Ine. g) Sustitúyese el texto de este inciso tividades lucrativas que lo estén por leyes es- por el siguiente: Los vehículos automotores periales: que acrediten el pago del impuesto andlogo en 1. Las ejercidas por el Estado nacional, jurisdicción nacional o de otras provincias y Estado provincial, las municipalidades d+ la que circulen en el territorio de la provincia Provincia, sus dependencias, reparticiones au- de Buenos Ajres, por un periodo no mayor de tárquicas, y demás entidades estatales de ser- quince días dotados de permisos temporarios vicios públicos, salvo aquellas que persiguen de tránsito. siempre que su propietario no ten- fines lucrativos. ga su domicilio real en la jurisdicción provin- 2. Las de impresión, edición, distribución “* . y venta de libros, diarios, periódicos y revistas. Art. 171. — Incorpórase como tercer párrafo ; . de este artículo el siguiente: La Dirección po- 3. e 5 1er a > ciales Las de enseñanza sin fines comer dra establecer otros lugares para el pago del + ; : impuesto. 4. Las ejercidas por sociedades coopera- tivas, asociaciones mutualistas con personería Impuesto de sellos jurídica, las instituciones religiosas y las socie- dades de fomento, cooperadoras, clubes socia- Art. 190, — Incorpórase como inciso nuevo, les y deportivos. con Ja letra ch), el siguiente: Licitaciones pú- 5. Las ejercidas con remuneración fija blicas y privadas, contrataciones directas y Ór- o variable, en condiciones de dependencia. denes de compra en las que intervenga el Es- . tado provincial, sus dependencias y reparticio- set A Las de espectáculos teatrales de Ca- nes antárquicas y las municipalidades de la rácter vocacional, Provincia, PO Ge cxnlotacion A ave Art. ... Incorpórase como artículo nuevo, en Tercera, gra Pp ~ el Titulo VI del Libro II del Código Fiscal, . . Capitulo IV, el siguiente: En los contratos de 8. Las ejercidas por emisoras de radio- compraventa de inmuebles o cualquier ; otro telefonía o de televisión. contrato por el cual se transfiera el dominio de [Pagina 4] inmuebles situados dentro y fuera de la juris- pliación y/o diversificación de la producción dicción provincial, sin afectarse a cada uno de y en la incorporación de mejoras tecnológicas ellos con una suma determinada el impuesto en los métodos de fabricación. Be aplicará sobre el monto del avalúo fiscal del Art. ... Incorpórase como artículo nuevo, el vincia oe siguiente: Las exenciones otorgadas a socieda- y a . . des cooperativas lo serán por un plazo de 7 Art. 194. — Sustitúyese el cuarto parrafo de años a partir del 1% de enero del año de pre- este artículo por el siguiente: Si la permuta sentación de la solicitud del beneficio. rere jera inr bles ubicados en extraña o . comprendiera inmue to liquidará sobre el Los beneficios otorgados a sociedades coope- jurisdicckn, do cl O ne oe valor asignado rativas que hayan superado el plazo sefialado os ubicados en el territorio provincial. : en el párrafo anterior a la fecha de la sanción e los > ¥ “ de la presente, caducarán el 31 de diciembre de Art, 214. — Reemplázase el texto de este ar- 1970, i igui : inscripción de . , o es y ones de he- Art, ... Incorpórase como artículo nuevo, el Ss A ones A igui . j iv inte - rencia, el gravamen respectivo se liquidará so- siguiente: El Poder Ejecutivo por interme A ; dio del Ministerio de Economía podrá dispo- bre el 50 % del montó total del bien o bienes ' rer > Ñ EA ia d ando Mer la aplicación de un régimen de presenta- mae aero ee eae tee al 100% de] ción espontánea por partidos e impuestos de- snonto total del “bien cuando sean propios, terminados, de acuerdo con las siguientes con- an . . diciones; a) Por única vez; b) Por período no Art. 232, Inc. 12) Reemplázase el texto de mayor de 60 días; c) Previo a una inspec- este inciso por el siguiente: Las certificacio- ción masiva; d) Los recargos que establece el nes de sueldos y/o servicios extendidas para articulo 31 podrán reducirse hasta un mínimo los empleados públicos, jubilados y pensiona- del 18% anual. inci . í también las legali- A : Gos, Drovincisles. come. a los edidos de licen. Art. ... Incorpórase como artículo nuevo, el zaciones Ce 208. Sy 05 pe Ses siguiente: Los términos de la prescripción de- cía, justificación de inasistencia, certificados terminados en el art. 68, inc. a), se harán édi itación vinculada a la Ñ a ranian : % médicos y toda ao da Admisión efectivos de oficio en relación con las deudas o de impuesto a los automotores y tasa retribu- Inc. 24. Se suprime. tiva y contribución de mejoras por servicios Incorpérase como inciso nuevo el siguiente: Y Obras sanitarias de los años 1964 y anterio- Las iniciadas como consecuencia de licitaciones Tes, con la sola excepción de aquellos gue se públicas y privadas, contrataciones directas, encontraren en estado de ejecución judicial. órdenes de compras en las que intervenga el Art, 2% — Prorrógase la ley impositiva vi- Estado provincial, sus dependencias y las re- gente para 1969, con las siguientes modifica- particiones autárquicas. ciones: ÓN 7 7 . Art. 19 — Sustitúyese la expresión “1969” Tasa retributiva y contribución de mejoras por “1970”, por servicios y obras sanitarias Art, 246. — Sustitúyese el texto de este ar- Impuesto inmobiliario tículo por el siguiente: Están exentos del pago Art. 2° — Incorpírase como 2° párrafo de de los servicios y contribuciones a que se re- este artículo, el siguiente: En los casos de par- fiere el presente Título: El Estado provincial, celas urbanas y suburbanas en las que como sus dependencias y las municipalidades de la consecuencia de la incorporación de mejoras Provincia, justipreciables, resulte en definitiva un im- puesto menor al que correspondería abonar Disposiciones twansitorias y varias por la tierra libre de mejoras, se aplicará la alicuota del 6,4 5%, exclusivamente sobre el va- Art. ... Incorpórase como artículo nuevo, el lor de la tierra, siguiente: Tuas actividades industriales que no estén acogidas a otros planes de promoción, es- Impuesto a las actividades lucrativas tarán exentas del pago del 50% del impuesto caine a las actividades lucrativas hasta el 31 de di Att. 8 7 Inc. h) del 25%: Sustituyese en ciembre del año 1974, siempre que reúnan las Ste inciso la expresión Instituciones que efec- siguientes condiciones: tuen préstamos de dinero sujetos a la Ley Ñ de Bancos” por “Instituciones financieras au- a) Encontrarse ubicadas en la zona de torizadas e inscriptas en el Banco Central de afianzamiento industrial- que determine el Po- ja República Argentina, de acuerdo con las aer Ejecutivo. normas vigentes”. b) Que inviertan un monto equivalente al Art, 10. — Sustitúyese el texto de este ar- de la’ exención en el perfeccionamiento, am- tículo por el siguiente: La suma a que se re- [Pagina 5] fiere el art. 96 del Código Fiscal en concepto C) Vehículos de Transporte Colectivo de impuesto mínimo, queda fijado en m$n, 120, de Pasajeros eon’ excepción de “boites”, que se fija en . o m§n. 2000 y de “cabarets” y servicios de alber- Categorias de acuerdo al peso en kilogramos, gue por horas, que se fija en m$n. 3000. incluida la carga transportable: Primera: Segunda: Tercera: Impuesto a los automotores Modelo ; hasta de 5.00 a may de 6. . 00 kg, 10. . Art. 17. — Sustitúyese el texto de este ar- 20 00 ticulo, por el siguiente: De acuerdo a lo dis- 1970 267 302 384 puesto en los arts. 156 a 174 del Cédigo Fiscal, 1969 256 290 369 por los automotores radicados en la Provincia 1968 190 256 339 Se pagará el impuesto conforme a las siguientes 1967 175 225 304 cuotas: 1966 161 198 213 1965 135 170 241 A) Automóviles, Camionetas Rurales, 1964 121 154 220 Autoambulancias 1963 109 140 201 1962 98 126 183 Categorías de acuerdo al peso en kilogramos: 1981 91 114 163 _ 1960 y ant. 84 104 148 Modelo Primera: Sanda: rere ae D) Vehiculos destinados exclusivamente a $00 kg. 1.100 kg. 1.100 kg. facción, m§n. 50. rn E) Microccupé, m$n. 30. 1970 198 306 366 Fíjase en 500 kilogramos el limite de peso 1969 165 255 305 a que se refiere el art. 169, inc. k), del Código 1968 147 226 275 Fiscal, 1967 120 178 245 Impuesto de sellos 1966 98 140 215 : 1965 78 102 185 Art. 19 — Inc. 13, ap. b): Sustitúyese la ex- 1964 64 81 160 presión “m$n. 300” por “$ 1” 1963 60 76 150 Inc. 17, ap. a): Sustitúyese la expresión 1962 59 74 140 “mgn. 1.000” por “$ 5”. 1961 56 71 130 Inc. 17, ap, b): Sustitúyese la expresión 1960 55 70 120 “m§$n, 500” por “$ 2”. 1959/55 47 58 105 Inc. 17, ap. c): Sustitúyese la expresión 1954/51 35 41 84 “m$n. 500” por “$ 2”. 1950 y ant, 25 29 62 Art, 21. — Incorpórase como inciso nuevo el B) Cami e tas Pick-U 5 siguiente texto: Inciso...) Pagarés, m$n, 6 “o. ) Camiones, “Camionetas Pick-Up”, Jeeps cae y Acoplados destinados al transporte _ Art. 26. — Sustittiyese el texto de este ar- de Cargas tículo por el siguiente: Establécese una tasa 8 de m$n. 5, por cada certificación, testimonio Categorías de acuerdo al peso en kilogramos € informe, no gravados expresamente con tasa incluida la carga transportable: especial, expedidos por las reparticiones y de- pendencias de la Administración pública. odio. Primera: Segunda: Tercera: Esta tasa cubrirá todos los servicios inheren- año hasta de 4001 a más de tes al o los trámites que pudieran correspon- 4.000 kg 14.000 kg, 14.000 kg, er, Taro Art. ... Incorpórase como artículo nuevo a ioe a a an continuación del art. 26, el siguiente texto: 1968 70 145 266 Por copias heliográficas de cada lámina de pla- 1967 62 139 247 nos de la Provincia, de duplicados de mensu- wane Pe : ras, y/o fraccionamiento de suelo, aprobados 55 120 231 por la Dirección de Geodesia o agregados a Lua 48 108 217 otros legajos o a inscripciones en el Registro 1964 45 101 206 de la Propiedad, de Catastro Parcelario o de 1963 43 94 195 Bonos de Pavimentación, por Contribución de 1962 42 88 184 Mejoras, de Obras Sanitarias, Vialidad, Arqui- 1961 41 83 173 tectura, Hidráulica y cualquier otra reparti- 1960 y ani, 39 78 162 ción ante la cual se soliciten y expidan £0- [Pagina 6] pias de planos, se pagará una tasa con arreglo Art. 46, — Suprímese el texto de este ar- a la siguiente escala: tículo. 1. Hasta un tamaño de doble oficio de 33 Art. 53, — Sustitúyense los coeficientes a que por'45 cm. o 1.500 cm2., m$n, 1,00. se refiere este artículo, por los siguientes: 2. Hasta un tamaño 33 x 100 cm. o 3.300 cm2., m§n. 1,50. Partidos Urbano Rural 3. Hasta un tamaño 66 x 100 cm o __ — 6.600 cm2,, m$n, 2,00, A 48 74 4. Hasta un metro cuadrado, m$n, 2,50. Alberti co.cc ccc cece eee eee 40 58 5. Más de un metro cuadrado, m$n. 3,00. Almirante Brown ............ 44 65 Art. 27, — Inc. A) Ministerio de Gobierno, ‘AVellaneda ............-44.. 42 65 Incorpórase como apartado nuevo el siguiente AYACUCHO oorscnncencnnnnnonos 38 89 texto: Certificados de buena conducta, Por la AUL coconocconocnnoncaconin 88 58 expedición de certificados de buena conducta, Bahía Blanca ................ 36 87 món. 1. Balcarce ..00c.ooconcccconno noo 40 63 Art 28, — Inc. B) Dirección Recaudación, Panorama mitre CO Ae a Dirección de Catastro, ap. 1. Sustitúyese el tex- Bolívar rs 43 61 to de este apartado por el siguiente: Certifica- B tt . 2 dos de deudas y catastrales. Por cada juego TAZAGO eevee veneer eens 41 61 de certificación y/o partida o cuenta corriente Brandsen .......-.. ee eeee eee 38 67 de los padrones fiscales e informes de deudas Campana rocococccccaccocio 2 71 y constancias catastrales de cada parcela y en Cafuelas oo... 6. eee eee 42 56 sus ampliaciones y actualizaciones, solicitados Carlos Casares ............008 40 52 por escribano yo abogado para el otorgamiento Carlos Tejedor .............. 48 89 de‘ actos notariales o inscripción de declarato- Carmen de Areco ........... 43 63 ria de herederos, m$n. 10. CASOYOS oo eee cece cece ence 50 78 Inc. C) Dirección de Registro de la Propie- CASH oonoooronoconnoccnnnoo SM 53 dad, apartado 5, punto a). Sustitúyese la ex- COlOn .ooccccicccnconcooranr 3 72 presión “m$n. 2.000” por “$ 30”, Coronel Dorrego ........6.505 48 86 tae weg oronel Pringles ............. 38 Tk 3.000" nee E apnstitiivese la expresion “mén. Coronel Suarez ..........0.. 43 82 ae tee Lantig .. 0... cece eee erence eee 42 63 | Punto | a Sustitúyese la expresión “MÍN. Chacabuco .....o..ooocoooooo. 38 58 300” por “$ 5”. Chascomús recocncroconocaras 38 56 Punto d) Sustitúyese la expresión “mgn. Chivilcoy ..00coccoccocormo... 38 56 300” por “$ 5”. Dolores ......6..- 00sec cece 33 74 Apartado nuevo - Incorpérase como apartado e Eehever nl. E E nuevo, el siguiente texto: Apartado ...) Trá- Florenci A yarela TUZ ceo 2 62 mite urgente. Por toda'solicitud de despacho General Alvarado 38 65 con carácter de urgente, independientemente rara Alvear o, 33 77 de las demas tasas que correspondan, $ 50. General Arenales ............ 43 66 Art. 29. — Inc. A) Dirección de Geodesia. General Belgrano ............ 34 63 Suprimese en este inciso el apartado 1. General Guido ..........-.04. 43 82 Inc, C) Dirección de Obras Sanitarias, Su- Zarate ...... cece cece eee eee 42 65 primese el texto del apartado 4, General Madariaga .......... 38 69 Inc. D) Dirección de Hidráulica. Apartado General Lamadrid ........... 33 63 1, punto a). Sustitúyese la expresión “m$n. General Las Heras .......... 43 72 1.000” por “$ 16”. General Lavalle ........-.--. 38 77 Punto b) Sustitúyese la expresión “mgn, General Paz cocomonemoororess 38 67 300” por “$ 4”. General Pinto ...ocoocooccmo.. 38 71 spe : General Pueyrredón ......... 36 65 Punto c) Sustitúyese la expresión “m$n. General Rodríguez .......... 40 55 450” por “$ 6”, General San Martín ......... 42 60 Punto d) Sustitúyese la expresión “m$n. General Sarmicnto .......... 41 62 150” por “$ 2”, General Viamonte .........6. 43 67 General Villegas ....0.o.ooo... 40 67 Disposiciones finales Gonzales Chaves ...........-- 40 85 Guamini ............e ccc eee 38 TP Art. 45, — Suprímese el texto de este ar- Juárez .....ce cece eee eee ee eee 33 58 tículo. JUNÍN oe eee ese 38 58 [Pagina 7] Partidos Urbano Rural Partidos Urbano Rural La Plata .-..............0008 44 65 San Cayetano ..............65 38 56 Laprida ......... 2.0.00. ee ease 38 74 Tres de Febrero ............. 44 60 Las Flores ...........6....... 36 69 Escobar ........2csseeceeeeeee 40 67 Leandro N, Alem ............ 45 67 Hipólito Irigoyen ............ 38 50 Lincoln 2... ee eee eee eee 43 Ti BerazategUi .....oooooomooooo. 44 67 Lobería corcccocconcnocconraoo 40 61 Capitán Sarmiento ........... 41 58 Lobos cococccccaccarnranaro ro 88 70 Salliqueló ..0ooocccocccccc... 38 80 Lomas de Zamora ........... 45 70 Lujan occcccccroacacnnaora BB 62 Para las evaluaciones de los bienes inmuebles Magdalena ...............004. 38 56 situados en los partidos credos o a crearse, Maipú 20.0... 2c eee ee 41 80 que no se hallen incluidos en la anterior escala, Salto 0... eee 43 64 se aplicaran los coeficientes de actualizacién Marcos Paz ....... see eee ee eee 41 65 que correspondan a los partidos de origen. En Mar Chiquita ..............08 34 59 lo supuesto que Je correspondan dos o más EN 45 67 coeficientes a cada planta, se aplicará el coefi- Mercedes ...............00008 38 61 ciente menor, ON 42 60 Monte coco ccc ceveecauseuce 40 717 Art. 3° — Modifícase el art. 25 de la lev 5738 Moreno ..............eeeeeeee 41 57 (t. o, 1957) [XIM-B, 1300] en la siguiente for- Navarro oo... cc cecevceeceeees al 63 Ima: Incorpórase como ine. 4%, el siguiente tex- Necochea ...oocccccccccncnc ro BB 56 to: Modificación de valores en más o en me- Nueve de Julio ..00ooococo ooo 40 48 nos del suelo urbano, suburbano, subrural o Olavarria ,..ooccorcoronoc oro 41 49 rural, en relación a la valuación básica de la Patagones 2.0.2.0... .e0ceeeee 46 79 última valuación general por los coeficientes Pehuajó ..ocoocconcnnnnnocoocos 40 50 establecidos en la ley impositiva. Pellegrini rocccocccnonnarornrr 88 74 Sustitúyese en el 2° párrafo la expresión “ines. Pergamino ¿oocrccoocccrorrosos 40 65 19 y 2°” por “ines, 1%, 2% y 4”, PHA eee eee e rar 43 75 Pilar oo... ccc cece o 40 65 Art, 4 — La modificación a que se refiere Puan oo cece eee eee 48 77 el art, 3° de esta ley será incorporada en la Quilmes +.0coococccnccncaon oo 42 62 medida y forma que determine el Poder Eje- Ramallo oooorcccooccrnnrrocoo 46 66 cutivo, Rauch ooo... eee e cece eee eee ee 41 80 Rivadavia .........cceeeceeee 48 78 Art, 5° — Sustitúyese el texto del art. 7° de ROWS coccconcoccncnnncnnn noes 45 65 la ley 7208 [XXVI-A, 455] por el siguiente: Roque Pérez o0oooconcocconoco 55 92 Suprimense los incs. g), h) y j) del art, 6% Saavedra oocococcnroororrrnr o 8 67 de la ley 6983 [XXIV-C, 2547]. | 83 Art. 6* — Suprimense del inc. b) del art. 12 San Andrés de Giles dore 0 $5 de la ley 6716 [XXII-B, 1288] las siguientes San Antonio de Areco ...... 6 70 expresiones: “Con la contribución que por ca- San Fernando ..........+.6+- da foja de actuacién determine la ley imposi- San Isidro oo... cece cece eee ee 42, 62 tiva y” San Nicolas ..ooooonccoocccno 0 4 69 y. Jan Pedro .... ss. cece eee 40 56 Art. 1? — Derógase a partir de Ja sanción de San Vicente ........ cece eee 43 70 la presente ley, los arts. 7°, 8° y 10 de la ley 1 fo) 0) oS 42 62 7367 [XXVIO-A, 1072]. Suipacha ...... eee eee eee 40 65 Candil ooo nono nonnnnnoos 43 70 Art, 8° — Sustitúyese el art. 17 de la ley 7367 tapalqué 2.0.2.0... cece eee 50 85 por el siguiente: Las municipalidades serán TIBTO oro cc cece seve eeeeeeeeee 43 val agentes naturales del Poder Ejecutivo para el TOPdHO vee cece cee ceaee cesses 50 85 cumplimiento de esta ley, en un todo conforme Tornquist .......e cece eens 40 64 con las facultades que determine la reglamen- Trenque Lauquen ..........5 48 70 tación. DAN “Mayo | ana a a Art, 9° — Las franquicias otorgadas en vir- Ticente Lopez oo. esse sseee eee 42 65 tud de los arts. 7°, 8° y 17 de la ley 7367, rigen ÓN 55 86 hasta la finalización del plazo fijado en el art. A 0 65 10 de la citada ley. eronel Rosales ....omommoco.» 40 62 Las solicitudes de acogimiento presentadas SS A 44 65 a la fecha de sanción de la presente ley, se- ASONAÑA .orcocranrmmmrcro»m?.o 44 65 guirán el trámite determinado en la ley 7367. [Pagina 8] Partidos Urbano Rural. Partidos Urbano Rural La Plata 2... ccc cele eee 44 65 San Cayetano ....oocoommocooo.. 38 56 Laprida ...ooooooocnnccnocccns 38 74 Tres de Febrero ............. 44 60 Las Flores .............00.00.5 36 69 Escobar .........eeeeeseeeenee 40 67 Leandro N, Alem ............ 45 67 Hipólito Irigoyen ............ 38 50 Lincoln... 0. e eee 43 “Tí Berazategui ....00ocoocomocooo. 44 67 POR eritrocitos E SL Capitán Sarmiento .........., 41 58 Lomas de Zamora O 45 70 Salliqueló ..........0..0. eee 38 80 Lujan eee eee 88 62 Para las evaluaciones de los bienes inmuebles Magdalena ...............008. 38 56 situados en los partidos credos o a Crearse, Maipú ........ 2... cece eee 41 80 que no se hallen incluidos en la anterior escala, Salto ......0 eee 43 64 se aplicarán los coeficientes de actualización Marcos Paz ...o.ooooomooooo... 41 65 que correspondan a los partidos de origen. En Mar Chiquita .............085 34 59 lo supuesto que le correspondan dos o más EN 45 67 coeficientes a cada planta, se aplicará el coefi- Mercedes ...........00-..000- 38 61 ciente menor. Merlo ............e cece eee eee 42 60 Monte . 2.0... .cccecececcveveve 40 77 Art. 3° — Modifícase el art, 25 de la lev 5738 Moreno .........-.csceeeeeees 41 57 (t. o, 1957) [XIII-B, 1300] en la siguiente for- E | 63 ma: Incorpórase como inc. 4°, el siguiente tex- Necochea .......cececeseeeeee 38 56 to: Modificación de valores en más o en me- Nueve de Julio ...........o... 40 48 nos del suelo urbano, suburbano, subrural o Olavarria ooo... cece ceeeeeseue 41 49 rural, en relación a la valuación básica de la Patagones 0.2... e cess eee 46 79 última valuación general por los coeficientes Pehuajó c.oooconccncccnonnnooo 40 50 establecidos en la ley impositiva, Pellegrini coconcoononcnornoro o 88 74 Sustitúyese en el 2° párrafo la expresión “ines, Pergamino ..............00085 40 65 19 y 2°” por “ines, 1%, 2° y 4”, PALA eee cece eee eee eee e ee 43 75 Pilar oo... cece cece eee 40 65 Art, 4 — La modificación a que se refiere Puan ooo eee eee 48 77 el art, 3° de esta ley será incorporada en la Quilmes AN 42 62 medida y forma que determine el Poder Eje- A 46 66 cutivo, Rauch cocrrccnrco rar oro 41 80 cae Rivadavia cece 4B 78 Art, 5° — Sustitúyese el texto del art. 7° de ROJAS oe cece ce eeeeeeees 45 65 la ley 7208 [XXVI-A, 455] por el siguiente: Roque Pérez 0 ooociccocico nos 55 92 Suprimense los incs. g), h) y j) del art. 6° Saavedra A. 67 de la ley 6983 [XXIV-C, 2547]. Saladillo .... 6... cece eee ee eee 45 83 4 ; z . Art. 6* — Suprimense del inc. b) del art, 12 San Andrés de Giles ......... a pe de la ley 6716 [XXII-B, 1288] las siguientes San onto de Areco ...... 45 70 expresiones: “Con la contribución que por ca- San BEPNAMGO sees eevee ee rere da foja de actuacién determine la ley imposi- San Isidro 21... . cee cece eee 42 62 tiva y”. San Nicolas ...........000000. 0 41 89 y. San Pedro ...... cece ee eee eee 40 56 Art, 7? — Derógase a partir de Ja sanción de San Vicente ................. 48 70 la presente ley, los arts. 7*, 8 y 10 de la ley MOTÓN occccncnnccoccna rro oo 42 62 7367 [XX VIN-A, 10721, Suipacha .......ee reece eee 40 65 . Tandil 2.0.0.0... cece ences 43 70 Art, 8° — Sustitúyese el art. 17 de la ley 7367 Tapalqué ..oooccccccconnnccs 50 85 por el siguiente: Las municipalidades serán MIBTO coo ccncanrccc corn 43 771 agentes naturales del Poder Ejecutivo para el Vordillo ..oocooccccnorconornos 50 85 cumplimiento de esta ley, en un todo conforme Tornquist ...... cc. eee e ences 40 64 con las facultades que determine la reglamen- Trenque Lauquen ........... 48 70 tación. O. MAYO DL nionios he a Art, 92 — Las franquicias otorgadas en vir- Vicente Lopez 00.onoonoonooo» 42 65 tud de los arts. 7°, 8° y 17 de la ley 7367, rigen Villarino ..................... 55 86 hasta la finalización del plazo fijado en el art. AN 65 10 de la citada ley. Coronel Rosales ............. 40 62 Las solicitudes de acogimiento presentadas BeviSSO ocres 44 65 a la fecha de sanción de la presente ley, se- Ensenada ..o..omonmommnsr»oso 44 65 guirán el trámite determinado en la ley 7367. [Pagina 9] ñ | Art. 10, — Suprímense, a partir del 1* de ene- | ro,de 1970, las disposiciones del. capítulo 6° ; del dec.-ley 7823 del 18 de mayo de 1956 [XVI- i A, 1541), | Art. 11. — Autorízase al Poder Ejecutivo a : ordenar el texto del Código Fiscal y ley impo- sitiva por intermedio del Ministerio de Econo- 4 mia y a rectificar las menciones que correspon- dan, con arreglo a la estructura administrativa : vigente, Art. 12, — Las disposiciones de la presente ley tendrán vigencia a partir del 1? de enero de 1970, con excepción de las modificaciones in- troducidas a los arts. 19 al 29 inclusive, de la ley impositiva, que regirán a partir de la fe- cha de la publicación de la presente, Art. 13. — Comuníquese, etc,