Nación · Ley N° 9082

Ley 9082 - DECLARASE EN VIGOR, CON CARACTER PROVISORIO, PARA LOS MESES DE MARZO Y ABRIL DEL CORRIENTE AÑO, LA LEY GENERAL DE PRESUPUESTO DE GASTOS Y SUELDOS DE LA ADMINISTRACION CORRESPONDIENTE AL AÑO 1912, EN SUS PARTIDAS ORDINARIAS.-

Estado no verificadoSanción: 25/03/1913Publicación B.O.: 28/03/1913Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Infoleg Ley N° 9082- Se pone en vigencia para los meses de Marzo y Abril, el Presupuesto del año 1912.- CONGRESO NACIONAL.- Por cuanto: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de- LEY :- Art. 1° Declárase en vigor, con carácter provisorio, para los meses de Marzo y Abril del corriente año, la ley general de presupuesto de gastos y sueldos de la Administración correspondiente al año 1912, en sus partidas ordinarias.- Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.- Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veinticinco de Marzo de mil novecientos trece.- BENITO VILLANUEVA, R.M. Fraga.-, B. Ocampo D. Zambrano, (hijo).- ________________________ Buenos Aires, Marzo 26 de 1913.- Por tanto: Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Registro Nacional y Boletín Oficial; fecho archívese.- SAENZ PEÑA.- Enrique S. Pérez.